¿Pueden los niños vivir en viviendas para personas mayores?

Muchas personas que buscan comunidades para personas mayores lo hacen porque prefieren no vivir en apartamentos o complejos de viviendas donde el bullicio y la conmoción de los niños perturbarán su paz. Otros, sin embargo, pueden querer las comodidades que ofrecen las comunidades de personas mayores, pero sus circunstancias son tales que quieren (o necesitan) tener hijos menores que vivan con ellos o alrededor de ellos. Los abuelos suelen ser los tutores legales de los niños menores de edad. Las circunstancias económicas pueden hacer que las personas de la tercera edad de repente acojan a otros miembros de la familia que incluyen a los niños menores de edad.

Por lo tanto, es importante saber cuáles son los requisitos y restricciones legales en las comunidades de vivienda definidas como "mayores" cuando se trata de niños menores de edad que viven allí. Conocer estos requisitos y restricciones lo ayudará a elegir una comunidad para personas mayores que satisfaga sus necesidades y lo ayudará a comprender sus opciones si es una persona mayor que es el tutor de un niño.

El hecho de que los niños puedan o no vivir en viviendas para personas mayores depende de cómo la comunidad de viviendas haya sido definida por las regulaciones de la Ley de Vivienda para Personas Mayores (HOPA). Esencialmente, las organizaciones comunitarias que califican como "comunidades para personas mayores" pueden recibir créditos fiscales u otros incentivos a cambio de ofrecer viviendas y servicios requeridos por residentes mayores. Y por esta razón, existen limitaciones legales sobre la edad permitida de los residentes.

Niños en comunidades de 62 años o más

De acuerdo con las regulaciones de HUD, en una comunidad para personas mayores definida como "62 años o más", todos los residentes (incluidos los cónyuges) deben tener 62 años o más. Esto significa que no se permite que los niños vivan allí, ya sea que no las personas mayores son tutores legales. Estas reglas son bastante estrictas y solo se permite una excepción: los residentes menores de 62 años están permitidos si tienen discapacidades legalmente reconocidas.

Niños en comunidades de 55 años o más

Las reglas del HUD en una comunidad para personas de la tercera edad definida como "55 años o más", dicen que en cualquier apartamento determinado, al menos un residente debe tener al menos 55 años de edad o más. Esto significa que dichas comunidades mayo permitir a los niños como residentes bajo la tutela legal del adulto mayor. Sin embargo, hay una excepción, y aquí es donde se vuelve un poco confuso:

  • Una comunidad de 55 años o más deber tener al menos el 80 por ciento de las unidades que contengan un residente de 55 años de edad o más, pero el otro 20 por ciento de las unidades se puede alquilar a cualquier persona. Esta regulación tenía la intención de que los propietarios pudieran mantener las unidades alquiladas incluso en situaciones en las que la demanda de las personas mayores era insuficiente. En algunos casos, entonces, una comunidad de adultos mayores de 55 años o más podría tener muchos niños, con el 20 por ciento de los apartamentos ocupados por familias menores de 55 años, y algunas otras unidades con residentes de más de 55 años que son tutores de niños.
  • Si bien está permitido que la comunidad para personas de la tercera edad permita a los residentes menores de 55 años, no es un requisito. Una comunidad de 55 años o más puede optar por no permitir alquileres a menores de 55 años si así lo desean y si es una política publicada de la comunidad de viviendas. Para las personas mayores que deseen evitar una comunidad con niños, una comunidad de 55 años o más puede ser una opción, siempre que la política de la comunidad sea coherente con sus deseos.
  • Una comunidad de adultos mayores de 55 años o más puede tratar a las familias con niños de manera diferente, como restringir el acceso de los niños a algunas de las instalaciones y beneficios permitidos a los residentes de 55 años o más. Las salas de ejercicios, las piscinas terapéuticas y otros espacios recreativos pueden reservarse solo para los residentes de 55 años o más, o solo para adultos.

Si desea una comunidad para personas mayores con niños o es el tutor de un niño

  • Elija una comunidad de 55 años o más que alquila a hogares con niños.

Si desea una comunidad para personas mayores sin niños

  • Elija una comunidad de vivienda de 62 años o más, o …
  • Elija una comunidad de 55 años o más con una política publicada que no permita a los niños como residentes.

Nota adicional

Si bien la política de HUD con respecto a las comunidades de personas mayores es esencialmente una forma de discriminación por edad inversa, en este caso a favor de los residentes mayores, se deben cumplir todos los demás requisitos de la Ley Federal de Vivienda Justa. Esto significa que la discriminación por motivos de raza, color, religión, sexo, discapacidad, estado familiar u origen nacional está estrictamente prohibida.

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  1. Madonna Harrington Meyer, PhD, Amra Kandic. Abuelos en los Estados Unidos,Innovación en el envejecimiento, Volumen 1, Número 2, septiembre de 2017, igx023, doi: 10.1093 / geroni / igx023

  2. Elegibilidad para asistencia y ocupación. Manual de ocupación de HUD, Capítulo 3.

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