Excepciones a la ley de mascotas de la ciudad de Nueva York y la regla de no mascotas de los propietarios

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La ley de mascotas de la ciudad de Nueva York, que es parte del Código Administrativo de la ciudad, establece una excepción que permite a los inquilinos tener mascotas a pesar de lo que diga el propietario o el contrato de arrendamiento.

Propietarios y mascotas

Los propietarios generalmente son libres de elegir si los inquilinos pueden tener mascotas en sus apartamentos o no. Si tiene una mascota y está buscando un apartamento, siempre es una buena idea mencionárselo a su corredor o posibles propietarios, de modo que limite su búsqueda a edificios que admitan mascotas.

Muchos propietarios prohíben a las mascotas en sus edificios porque temen posibles daños a la propiedad, así como problemas de responsabilidad si una mascota molesta o causa daño a otros inquilinos y sus invitados.

Algunos propietarios optan por permitir que los inquilinos tengan mascotas en su apartamento; Estos propietarios abordan sus inquietudes exigiendo a los inquilinos que firmen un contrato de mascotas, que a menudo forma parte del contrato de arrendamiento. Los acuerdos típicos de mascotas requieren que los propietarios paguen un depósito para cubrir los daños que su mascota pueda causar, esterilizar o castrar a sus mascotas, limpiar los desechos de sus mascotas y mantener a los perros atados mientras se encuentran en el pasillo, el patio y otras áreas comunes.

Los propietarios que permiten mascotas a menudo creen que su política atraerá más prospectos, por lo que los listados de apartamentos generalmente indicarán si las vacantes están en un edificio que admite mascotas.

¿Cuál es la excepción?

La ley de mascotas de la ciudad de Nueva York incluye una excepción que hace posible tener una mascota en su apartamento a pesar de la regla de no mascotas del propietario.

Usted cae dentro de la excepción si tiene abiertamente una mascota en su edificio durante tres meses, su arrendador se entera (o debería haber averiguado) sobre la mascota durante este tiempo, y su arrendador no toma ninguna acción para hacer cumplir la regla de no-mascotas contra usted.

¿Encaja tu situación?

La excepción no se trata de ser astuto o engañar al propietario para que le permita tener una mascota a pesar de la regla de no tener mascotas. Por el contrario, se trata de ganarse el derecho a tener una mascota después de que el propietario sepa (o deba saber) sobre la mascota, pero decida, por la razón que sea, no hacer cumplir su regla en su contra. En efecto, la ley evita que los propietarios decidan repentinamente hacer cumplir una regla desatendida como una forma conveniente de desalojar a un inquilino no deseado.

En la jerga legal, este tipo de excepción se conoce como "renuncia". Si usted encaja en esta excepción, significa que el arrendador puede seguir teniendo legalmente una regla de no mascotas, pero que la regla no se aplica, o se ignora, en lo que a usted y su mascota se refiere.

Estos son los conceptos básicos para ayudarlo a determinar si su situación se ajusta a esta excepción:

  • Debe mantener a la mascota en su edificio durante al menos tres meses. Los propietarios no tienen que tomar medidas para hacer cumplir su regla de no mascotas de inmediato, pero si no quieren que usted mantenga a su mascota en las instalaciones, deben informarle esto a más tardar tres meses después de que presente su mascota por primera vez. a tu apartamento.
  • El arrendador debe estar en condiciones de saber sobre su mascota. Si mantiene a su mascota escondida, puede aumentar las posibilidades de que su arrendador no se entere de su incumplimiento de la regla de no mascotas. Para cumplir con la excepción, debe tener una mascota "abierta y notoriamente". Los inquilinos que califican bajo la excepción no tienen que preocuparse por mantener a su mascota en secreto, incluso si su contrato de arrendamiento dice lo contrario.
  • El arrendador no tiene que tomar ninguna medida personalmente. Los empleados y otros agentes del arrendador pueden tomar medidas para hacer cumplir la regla de no mascotas en nombre del arrendador.
  • Su mascota no debe crear una molestia. Su mascota no puede dañar la propiedad ni representar una amenaza seria para la salud y seguridad de los inquilinos.
  • Su arrendador no debe ser la Autoridad de Vivienda de la Ciudad de Nueva York (NYCHA). La ley exime a NYCHA de esta excepción.

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